Sanciones de Verifactu, qué se multa y con cuánto
Hay dos riesgos distintos. Tener o usar software de doble uso, es decir, programas que permiten ocultar ventas, ya es sancionable hoy con hasta 50.000 €. Y desde tu fecha de 2027, facturar con un sistema que no cumpla los requisitos de Verifactu pasa a ser una infracción por sí misma.
Desde esta fecha, los autónomos que facturen con un sistema no conforme incumplen
Las sociedades entran antes, el {{fecha:verifactu.obligatorio_sociedades}}.
Qué se sanciona exactamente
Conviene separar dos cosas que suelen mezclarse, porque tienen calendarios distintos.
Lo que ya se sanciona hoy. Fabricar, comercializar, tener o usar programas que permitan llevar contabilidades distintas, no registrar operaciones o alterar registros ya hechos. Es lo que la norma llama software de doble uso, y está prohibido desde la ley antifraude de 2021.
Lo que se sancionará desde tu fecha. Facturar con un sistema informático que no cumpla los requisitos de Verifactu: sin registro por factura, sin huella encadenada, sin QR. Empieza el para sociedades y el para el resto.
La diferencia importa. Hoy no te pueden multar por no usar Verifactu, porque todavía no es obligatorio. Sí te pueden multar por usar un programa diseñado para ocultar ventas.
Cuánto: la multa por software de doble uso
La cifra que debes retener es 50.000 €. Es el tope de la sanción por tener o usar programas que permitan ocultar ventas, y se aplica por tenencia: no hace falta que se demuestre que has defraudado con ellos.
Que esté en vigor desde 2021 y que mucha gente no lo sepa no cambia nada. Si tu programa te permite borrar una venta cobrada sin dejar rastro, el riesgo existe hoy, no en 2027.
TODO_VERIFICAR: los importes aplicables al fabricante o comercializador del software y los
distintos supuestos del artículo 201 bis de la LGT deben contrastarse con el texto vigente antes de
publicar cifras adicionales. En esta página solo damos la que hemos confirmado.
Qué pasa si sigo con Excel después de mi fecha
Pasas a estar en situación de incumplimiento, aunque tus facturas sean correctas y pagues todos tus impuestos al día.
Este es el punto que peor se entiende. La infracción no es defraudar: es facturar con un sistema que no reúne los requisitos. Puedes tener las cuentas impecables y seguir incumpliendo, porque lo que se exige es que el sistema garantice que nadie ha podido tocar nada.
Una hoja de cálculo, por definición, permite reescribir cualquier celda de cualquier factura de hace dos años sin dejar huella. Por eso no puede cumplir. Lo desarrollamos en la guía sobre facturar con Excel y Verifactu.
Lo mismo vale para un procesador de textos con una plantilla, para un talonario de facturas generado a mano en PDF y para cualquier programa antiguo que su fabricante no haya adaptado.
El riesgo real, sin dramatizar
Ni te van a inspeccionar el 2 de enero de 2027, ni el incumplimiento pasa desapercibido para siempre. Lo razonable es entender dónde aparece el problema.
Aparece cuando hay una comprobación de por medio: una inspección, una devolución que se revisa, un cruce de datos que no cuadra. En ese momento, la pregunta “¿con qué sistema emites tus facturas?” tiene una respuesta que o está en regla o no lo está.
Y aparece por otra vía menos comentada: tus clientes. Una empresa que recibe facturas sin QR cuando ya deberían llevarlo tiene un motivo para pedirte que lo arregles. En sectores donde facturas a empresas grandes, esa presión llega antes que la Agencia Tributaria.
Cómo evitar el riesgo con un cambio a tiempo
No hay que hacer nada heroico. Hay que no dejarlo para el final.
- Marca tu fecha en el calendario. Sociedad: . Autónomo: .
- Pregunta hoy a tu proveedor si su producto estará adaptado y si tu plan actual lo incluye. Por escrito.
- Si facturas con plantillas, cambia antes de tu fecha, mejor en un cambio de ejercicio.
- Conserva la prueba. Correo del proveedor, contrato, factura del programa. Demuestra diligencia si algún día hay que explicarlo.
Cambiar de programa cuesta unas horas y unos euros al mes. La sanción por software de doble uso llega a 50.000 €. La cuenta la puedes hacer tú.
Si estás en la casilla de salida, empieza por el comparador de programas de facturación: recoge lo que hemos verificado de cada uno y marca sin rodeos lo que todavía está pendiente de comprobar.
Preguntas frecuentes
¿Pueden multarme ya en 2026?
Por no usar Verifactu, no: la obligación aún no ha empezado. Por tener o usar un programa de doble uso que permita ocultar ventas, sí. Esa infracción está en vigor desde la ley antifraude de 2021 y no espera a 2027.
¿La multa es por factura o por ejercicio?
`TODO_VERIFICAR`: el matiz exacto (importe fijo, por ejercicio o por elemento) debe contrastarse contra el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria antes de publicar una cifra concreta. No damos un número que no hayamos comprobado en la norma.
¿Quién inspecciona esto?
La Agencia Tributaria, dentro de sus actuaciones de comprobación habituales. No hay un cuerpo nuevo ni una campaña específica anunciada: se comprueba como se comprueba el resto.
Contenido informativo; no es asesoramiento fiscal. Confirma tu caso con tu asesoría.